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24 / Nov 28
Juan Galeano Juan Galeano

Normas Internacionales de Información Financiera No.17

NIIF 17 – El Margen de Servicio Contractual (CSM): Garantizando la transparencia y el reconocimiento de ingresos

En la NIIF 17, un concepto que nos encontramos y que puede reflejar cierta complejidad, sin embargo, tiene un rol clave en la contabilidad de las aseguradoras es: el Margen de Servicio Contractual (CSM). Para comprender mejor este concepto podemos visualizar el CSM como una reserva de ganancias no devengadas. Por ejemplo, en lugar de reconocer de forma inmediata las ganancias al vender un contrato de seguro, las entidades aseguradoras deben hacerlo de manera gradual a medida que prestan los servicios. Esto brinda mayor certeza que los ingresos se puedan reflejar de manera precisa en los periodos correspondientes, permitiendo que los reportes financieros puedan estar adecuadamente reflejando la realidad económica en un momento determinado en el cual sean emitidos.

Entonces, ¿Qué es exactamente el CSM?

El CSM es el componente que representa las ganancias no realizadas de un grupo de contratos de seguros. Podemos concluir entonces que en la medida que la entidad aseguradora presta los servicios que pacto, como por ejemplo la obertura de riesgos o la administración de póliza, el antes mencionado margen se va liberando para poder reconocerlo como ingresos en los estados financieros.

Pero de ser así ¿Cómo se ajusta el CSM?

Se ajusta de acuerdo con los cambios en las estimaciones relacionadas con los flujos de efectivo futuros. Digamos que, si una entidad aseguradora espera que los flujos de efectivo generen mayores ingresos que los previstos originalmente, ese ajuste se reflejará en el CSM. Dichos cambios aseguran que el cálculo sea siempre preciso y actualizado. Producto del CSM, las aseguradoras pueden distribuir el reconocimiento de ingresos de manera más ordenada y precisa, asegurando que no se adelanten ni posterguen ganancias de forma indebida o fraudulenta.

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